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Protección a la Maternidad
1) ¿EN QUÉ CONSISTE EL FUERO MATERNAL?
Es la prohibición de poner término al contrato de la trabajadora por parte del empleador, si no cuenta con autorización previa del juez competente.
Es el derecho de la mujer embarazada para eximirse de prestar servicios desde la fecha del embarazo a la fecha del nacimiento del bebe.
Es aquella prohibición de poner término al contrato de trabajo por parte del empleador, sólo opera para las trabajadoras con contrato indefinido.
Debe responder la pregunta
2) ¿QUÉ DURACIÓN TIENE EL PERMISO PRE Y POST NATAL?
El pre natal se inicia a partir de la fecha de la concepción; el post natal desde el parto y hasta un año después.
El pre natal dura desde las 6 semanas antes del parto y el post natal 12 semanas, contadas desde la fecha del parto.
Los tiempos de permiso de pre natal como del post natal, se convienen libremente entre el empleador y la trabajadora.
Debe responder la pregunta
3) ¿QUÉ ES EL DERECHO DE ALIMENTACIÓN?
Es el derecho de la trabajadora a disponer de 20 minutos al día, para dar alimento a sus hijos menores de dos años.
Es el derecho para que la mujer embarazada se alimente debidamente mientras trabaja, con el fin de cuidar la salud del que está por nacer.
Es el derecho a disponer a lo menos de una hora al día, para dar alimento a sus hijos menores de dos años.
Debe responder la pregunta
4) ¿EN QUÉ CONSISTE EL PERMISO POR ENFERMEDAD DE HIJO/A MENOR DE UN AÑO DE VIDA?
Cuando, acreditada por certificado médico, la enfermedad grave del menor requiere del cuidado del niño en el hogar.
Cuando la madre trabajadora no concurre al trabajo e imputa dicho tiempo de ausencia al feriado que le corresponde.
Cuando la madre trabajadora se ausenta de las labores por el tiempo que dura la enfermedad, conservando el empleo, pero sin derecho a remuneración.
Debe responder la pregunta
5) ¿EL EMPLEADOR TIENE DERECHO A EXIGIR A LAS TRABAJADORAS QUE CONTRATE O QUE YA PRESTEN SERVICIO EN LA EMPRESA UN TEST DE EMBARAZO?
Sí, porque la facultad para organizar y dirigir la empresa es atribución exclusiva del empleador.
No, ya que en ambos casos dicha solicitud es un acto discriminatorio, prohibido por la ley.
Sólo puede exigirlo el empleador a quienes postulen al trabajo y a las trabajadoras solteras que ya trabajan en su empresa.
Debe responder la pregunta
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